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Los comparendos son impuestos en Colombia por agentes de tránsito o por la Policia de Tránsito y Transporte, los cuales deben reunir unos requisitos esenciales para su validez y poder dar inicio al procedimiento administrativo sancionatorio respectivo que puede culminar en la imposición de una multa pecuniaria o suspensión de la licencia de conducción.

Estos son algunos de los eventos en los cuales puede impugnarse un comparendo y evitar la imposición de sanciones por no cumplirse con los requisitos de validez del procedimiento o ser contrario al debido proceso constitucional:

Falta de notificación: Si el comparendo no se ha notificado de manera oportuna y adecuada al conductor o propietario del vehículo, puede impugnarse por falta de notificación.

Inexistencia de la infracción: Si el conductor o propietario del vehículo considera que no se cometió la infracción descrita en el comparendo, puede impugnarse por inexistencia de la infracción.

Insuficiencia de la prueba: Si el conductor o propietario del vehículo considera que la prueba presentada en el comparendo es insuficiente para probar la infracción, puede impugnarse por insuficiencia de la prueba.

Infracción incorrecta: Si el conductor o propietario del vehículo considera que se cometió una infracción diferente a la descrita en el comparendo, puede impugnarse por infracción incorrecta.

Incumplimiento de requisitos del comparendo: El comparendo per se, es una simple notificación para dar inicio a un proceso sancionatorio, el cual debe cumplir con unos requisitos y en el evento de su incumplimiento, este carece de validez y por lo tanto todo el procedimiento.

Vulneración de requisitos técnicos: En los casos de fotomultas o embriaguez, se exigen unos requisitos técnicos que en el caso de su incumplimiento, conllevarían a la absolución.

La impugnación de un comparendo de tránsito puede ser presentada ante la autoridad administrativa competente en la ciudad que se haya surtido la presunta infracción.

Las autoridades de tránsito promueven el pago anticipado de la multa con un descuento, pero con el fin de recaudar dineros para la administración, pero esta no es la salida adecuada en los casos que la sanción no debía haber sido impuesta por no ajustarse a la ley.

Algunos comparendos que pueden ser impugnados:

-Exceso de velocidad
-Conducción temeraria o imprudente
-Conducción en estado de ebriedad
-Uso de dispositivos electrónicos mientras se conduce
-No usar el cinturón de seguridad
-No respetar las señales de tráfico
-Estacionamiento indebido
-No respetar las normas de prioridad
-No tener el permiso de circulación al día
-No tener el seguro obligatorio
-No tener las luces del vehículo en buen estado
-No tener los neumáticos en buen estado

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